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Miércoles, 24 de Abril de 2024

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DEMOGRÁFICOS

Censo de Población y Vivienda

Ficha Técnica del Censo de Comunidades Indígenas

Presentación

El Empadronamiento de la población indígena, habitante de Comunidades indígenas, formó parte del XIII Censo General de Población y Vivienda,año 2001, el cual contempló un tratamiento especial para ella.

A fin de dar la máxima cobertura requerida, se realizó un operativo de campo especial para empadronar las Comunidades indígenas ubicadas en las áreas de ocupación tradicional, que abarcó las zonas de difícil acceso y aquellas localizadas en áreas urbanas rurales y/o urbanas, más cercanas a otras localidades no indígenas, más accesibles, donde también se encuentran.

Las zonas de ocupación tradicional se hallan en las siguientes entidades: Amazonas, Anzoátegui, Apure, Bolívar, Delta Amacuro, Sucre y Zulia, en determinados municipios.

En estas comunidades se aplicó dos cuestionarios especiales: El "Cuestionario de Comunidad indígena" diseñado para recabar la información referente a las Comunidades Indígenas, su ubicación espacial y acceso a servicios y el "Cuestionario de empadronamiento general para población indígena que habita en Comunidades" que recogió la información de las personas, los hogares y las características de las viviendas en las que habitan, que permite establecer paralelismos entre la población indígena y la población no indígena del país pues este último cuestionario se diseñó con el objetivo de hacer los estudios comparativos pertinentes.

El proceso efectivo de empadronamiento de las Comunidades indígenas comenzó el primero de octubre de el año 2001, prolongándose, debido a las características particulares de movilidad de ciertos grupos, debido a factores climáticos y a otros de índole geográfica(dificultad extrema de acceso) hasta julio de el año 2002, fecha en la que se censaron las comunidades yanomami de el Cerro Delgado Chalbaud en la Sierra de Parima, Municipio Alto Orinoco de el Estado Amazonas.


Antecedentes

A partir de el Primer Censo oficial de población realizado en Venezuela en 1873, se incluyó a la población indígena en los operativos censales,sin embargo, el volumen de la misma variaba significativamente de uno a otro debido a que los criterios de empadronamiento, la metodología, la cobertura, simultaneidad ó no en los lapsos de empadronamiento de la población indígena y no indígena eran, cada vez, diferentes. Por consiguiente las cifras en muchos casos, además de ser dudosas no son ni siquiera comparables.

A pesar de los esfuerzos desplegados en los sucesivos censos, no fue sino hasta 1926 cuando se contabilizó la población indígena y se determinó su distribución en los municipios del territorio nacional. La cifra total de población indígena fue 136.147 personas, de los cuales, sólo 15.192 indígenas fueron clasificados según el sexo y el resto fue incluido como "población no especificada".

En 1950 La Dirección General de Estadísticas y Censos Nacionales dispuso la realización simultánea de un estudio especial que permitiera incorporar la cifra de la población indígena, clasificada entonces en categorías establecidas de acuerdo a su "integración a la vida civil" y a su lugar de habitat, a los resultados de el Censo General de Población. En esta investigación se pidió el territorio en cinco regiones geo-etnográficas: Los resultados dieron la cifra de 98.682 indígenas de los cuales, 41.977 fueron censados directamente y los restantes 56.705, habitantes de áreas selváticas, fueron estimados, según la opinión de los especialistas participantes del programa.

Es precisamente a partir de el Censo de Población realizado en 1950 que se decide empadronar a la población indígena mediante un operativo especial y complementario al Censo Nacional lo cual conllevó diferencias de hasta dos años en la fecha de referencia entre uno y otro (Censo Nacional y Censo Indígena), lo que produjo solapamiento de la información e impidió calcular con un margen de error aceptable, el porcentaje de población indígena con respecto al total nacional y al total por entidad.

El estudio de 1950 sirvió de base al realizado en 1960, el cual totalizó la cifra de 75.604 indígenas, localizados por entidad federal.

En el Censo General de 1971, se incluyó a los "indígenas incorporados a la vida civil" residentes en localidades urbanas y en algunos otros lugares donde los empadronadores tuvieron acceso. Sin embargo, esta población está incluida en la población general, sin desagregar y, por lo tanto, no es "visible", cuantificable.

En ocasión de el Programa Censal 1980 se invitó a un conjunto de especialistas en la población indígena, etnólogos, a la realización de una investigación censal focalizada en esta población, la cual se realizó en el año 1982, dos años después de el Censo General.

En el Censo Indígena 1982, por primera vez se pidió el territorio nacional en zonas geo-étnicas y el programa, que tuvo una duración de dos años, se realizó con la participación de indígenas residentes en las zonas, quienes fueron, por primera vez, empadronadores. A pesar de lo exhaustivo de este censo, se omitió la población Wayuu, estimada en unas 52.000 personas. Los resultados obtenidos de El Censo 1982 fueron más confiables que los precedentes, debido a elementos fundamentales como el diseño metodológico, el enfoque conceptual y las técnicas de evaluación de cobertura utilizadas, a pesar de la omisión arriba expuesta.

El Censo Indígena 1992 se realizó, también, dos años después de el Censo General, en este caso el XII Censo de Población y Vivienda. Este fue un proyecto especial, en el que participaron etnólogos y se incorporó a la población indígena en las labores de empadronamiento y supervisión de empadronamiento, eligiendo para ello maestros indígenas y miembros de las etnias con un perfil educativo particular. En éste se censó la casi totalidad de la población indígena presente en áreas urbanas y rurales de las entidades federales donde se encuentran las zonas de ocupación tradicional de los Pueblos indígenas de Venezuela, excepto los asentamientos Yanomami de el valle del Río Siapa, cuya población fue estimada, debido a problemas técnicos y financieros.

El Censo Indígena 1992 empadronó 151.716 personas en Comunidades indígenas. No obstante, a pesar de los alcances y progresos obtenidos, no era aún posible efectuar estudios comparativos y aplicar las mismas mediciones a las poblaciones indígenas y no indígenas debido a la falta de simultaneidad de los estudios censales, elemento que es superado y el cual constituye uno de los logros más significativos de el XIII Censo General de Población y Vivienda.


Bases Legales

El "Empadronamiento de Comunidades Indígenas 2001", se inscribió dentro del "XIII Censo General de Población y Vivienda", establecido según el Decreto Presidencial N° 1.330 publicado en Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 35.967 del 27 de mayo de 1996, en cumplimiento con la Ley de Estadística y de Censos Nacionales.

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el Capítulo VIII: De los Derechos de los pueblos indígenas" , en su artículo 119, establece: " El Estado reconocerá la existencia de los pueblos y comunidades indígenas, su organización social, política y económica, sus culturas, usos y costumbres, idiomas y religiones, así como su habitat y derechos originarios sobre las tierras que ancestral y tradicionalmente ocupan y que son necesarias para desarrollar y garantizar sus formas de vida. Corresponderá al Ejecutivo Nacional, con la participación de los pueblos indígenas, demarcar y garantizar el derecho a la propiedad colectiva de sus tierras, las cuales serán inalienables, imprescriptibles, inembargables e intransferibles de acuerdo con lo establecido en esta Constitución y en la ley."

En octubre de el año 2000, según Decreto Presidencial N° 1.041, publicado en Gaceta Oficial N° 37., se difiere el XIII Censo General de Población y Vivienda a octubre de 2001

Asimismo, la "Ley de Demarcación y Garantía del Hábitat y Tierras de los Pueblos Indígenas", publicada en la Gaceta oficial N° 37.118 del 12 de Enero de 2001, refrendan el reconocimiento de la existencia de los Pueblos Indígenas. Para la aplicación de la "Ley de Demarcación y Garantía del Hábitat y Tierras de los Pueblos Indígenas" se prevé tomar "los datos del último Censo Indígena de Venezuela y otras fuentes referenciales que los identifiquen como tales".


Finalidad

El Censo de la población indígena inscrito en el XIII Censo de Población y Vivienda tiene como objetivo principal proporcionar al Estado la información que requiere para la planificación, administración y toma de decisiones con respecto a estas poblaciones, tan importantes y estratégicas para el país dadas sus características culturales diferenciadas y su ubicación(muchas de ellas) en las zonas de frontera. Al proporcionar estadísticas básicas comparables de toda la nación, de cada una de las unidades administrativas y Comunidades indígenas del mismo, el Censo contribuye al proceso de planificación general y a la administración de los asuntos nacionales.

El programa tiene como objetivo principal proporcionar información de carácter demográfico, económico, educativo, lingüístico, habitacional, y de acceso a servicios fundamentales, desagregada a nivel estadal, municipal y parroquial por Comunidad Indígena y a nivel de Pueblo indígena.


Objetivo general

Recopilar y difundir información demográfica, social, económica y lingüística de la población indígena del país, las características de sus asentamientos y de las viviendas que ocupan por entidad, municipio y parroquia.


Objetivos específicos

Los objetivos específicos se han pidido en tres grupos: Estadísticos, operacionales, y legales-políticos

Objetivos estadísticos

Recopilar y pulgar información cuantitativa de los habitantes indígenas del país, de los asentamientos en que habitan, y de grupos específicos de esta población (mujeres, niños, ancianos, etc.), lo que permitirá obtener:

  • Estructura por edad y sexo.
  • Proyecciones de población
  • Perfil socioeconómico.
  • Características de las viviendas que ocupan, materiales de construcción, dotación, acceso, ubicación y servicios a las mismas.
  • Características de los hogares, composición, equipamiento, etc.
  • Otros estudios específicos, tales como: Habla de los diferentes idiomas indígenas en las comunidades, monolingüismo, disminución ó no de hablantes de los diferentes idiomas indígenas y/o de uno en particular. Indicadores urbanos y rurales, desarrollo humano, alfabetismo en idioma indígena y en castellano, fecundidad, etc.
  • Características de la Comunidades indígenas, tales como: Acceso a servicios básicos, existencia de escuela, funcionamiento del Programa de Educación Intercultural bilingüe, existencia de servicio regular de transporte, titularidad de las tierras, comienzo ó no del proceso de demarcación, visitas médicas, funcionamiento de ambulatorio,etc.

Objetivos Operacionales.

  • Proporcionar el marco para encuestas y otros proyectos.
  • Evaluar aspectos de la organización y planificación de las operaciones del censo, que permitan inferir deficiencias y aportar elementos novedosos así como recomendaciones para futuras operaciones de este tipo.
  • Servir de base para censos futuros de población y vivienda y/u otros estudios.

Objetivos Legales y Políticos.

  • Planificar políticas gubernamentales para el desarrollo de las áreas indígenas.
  • Adjudicar de manera justa el Situado Constitucional correspondiente a las Entidades Federales con población indígena, así como su distribución en los niveles Municipales, Parroquiales y Locales.
  • Determinar, según la base poblacional, el número de representantes indígenas a las instancias administrativas de cada entidad.
  • Aportar la información necesaria para elaborar las proyecciones de la población indígena.
  • Brindar al Consejo Nacional Electoral, la información requerida para el cálculo del número de electores indígenas.

Tipo de censo y de entrevista


En Venezuela, desde el Censo de Población y Vivienda 1971 se utiliza el criterio de Derecho o de Jure, el cual se fundamenta en el concepto de residencia habitual.

Asimismo, en este censo , se utilizó el método de la entrevista directa, mediante el cual la información referente a cada vivienda, hogar y persona es solicitada y registrada en el cuestionario por un empadronador adiestrado para tal fin. En cada vivienda, las personas mayores de 15 años presentes al momento de la entrevista debían proporcionar sus datos al empadronador. La información referente al "Cuestionario de Comunidad indígena", debía ser proporcionada por un miembro importante de la comunidad, el capitán, el cacique, el maestro,etc. Este cuestionario debía ser aplicado por el Supervisor de empadronamiento indígena, en cada caso.


Cobertura


Horizontal:

Se registró a todas las personas residentes habituales de las Comunidades indígenas, se encontraran ó no presentes en la vivienda al momento del empadronamiento, así como todas las estructuras destinadas a fines habitacionales.

Vertical:

La información censal se presenta de acuerdo con las siguientes clasificaciones: a) División Político Territorial, vigente al 30/06/2001; b) Rama de Actividad Económica de acuerdo al CIIU revisión 3; c) Grupo de Ocupación, según la CIUO 88 OIT; d) Educación, según el CINE 97 UNESCO y el Clasificador de Títulos Obtenidos en Educación Superior emanado del Consejo Nacional de Universidades; e) Clasificador Internacional de Países (ISO). Las clasificaciones definidas en (b), (c), y (d) fueron debidamente adaptadas a la realidad nacional, guardando la comparabilidad internacional.


Unidad de empadronamiento


UNIDAD DEFINICIÓN CONDICIONES
Comunidad indígena Se refiere a aquellos asentamientos, generalmente ubicados en áreas tradicionales de ocupación cuya población mayoritaria se ha declarado indígena. Poseen un nombre particular por el cual se les reconoce que puede ser diferente en idioma castellano y en idioma indígena
  • Sus miembros pertenecen a uno ó más Pueblos indígenas y poseen formas de organización social y expresiones culturales propias que permiten distinguirlos de otras comunidades.
Vivienda Toda edificación independiente (que tiene acceso desde la vía pública u otra área, que es una unidad estructural en sí misma, que posee espacios internos de uso exclusivo de la vivienda, con paredes o separaciones que permiten diferenciarla de otras edificaciones.
  • Se utiliza como unidad de investigación la "estructura de vivienda". De esta manera, se hace posible: (a) Determinar, en forma precisa las condiciones de habitabilidad de los mismas, (b) Establecer, con exactitud, el inventario de viviendas familiares ocupadas en las zonas indígenas de el país y las necesidades habitacionales de esta población.
La persona
/Población
Todo inpiduo que habita en una Comunidad indígena al momento del estudio. Cada uno de los inpiduos que entran en el estudio censal.
  • Incluye a toda la población habitante en Comunidades indígenas, que forman parte de un hogar indígena, aún cuando no pertenezcan a etnia alguna. Sin embargo, habrá algunas variaciones respecto a las personas sobre las que se reúne información acerca de diferentes temas, dependiendo de su edad y/o sexo.
  • Además de las personas identificadas en los hogares, hay otros grupos que hacen vida en común por motivos religiosos, laborales, de disciplina, de estudios, y no poseen vínculos familiares. Este último grupo constituye la población en colectividades, que también se examina en el censo.
Hogar
  1. Grupo de personas, con vínculos familiares, que comparten toda o parte de una vivienda y constituyen en si mismo una unidad. El hogar está centrado en la figura del Jefe del hogar.
  2. Marco general dentro del cual se identifica a los inpiduos.
  1. Incluye a toda la población habitante en Comunidades indígenas, que forman parte de un hogar indígena, aún cuando no pertenezcan a etnia alguna. Sin embargo, habrá algunas variaciones respecto a las personas sobre las que se reúne información acerca de diferentes temas, dependiendo de su edad y/o sexo.
  2. Además de las personas identificadas en los hogares, hay otros grupos que hacen vida en común por motivos religiosos, laborales, de disciplina, de estudios, y no poseen vínculos familiares. Este último grupo constituye la población en colectividades, que también se examina en el censo.


Conceptos fundamentales

  • El criterio empleado en este censo para identificar a la persona fue el AUTO RECONOCIMIENTO: Se considera indígena a toda persona que en el censo se reconozca como tal, perteneciente a uno de los Pueblos indígenas del país y/o de otros países, con presencia en Venezuela.
  • Comunidad indígena: Es todo asentamiento cuya población mayoritaria se ha declarado indígena. Sus miembros pertenecen uno ó más Pueblos indígenas con presencia en el territorio nacional y poseen formas de organización social y formas culturales propias que imprimen al asentamiento características particulares que permiten distinguirlo del resto de los asentamientos del país.
  • Pueblos indígenas: Son los habitantes originarios del país, los cuales conservan sus identidades culturales específicas, idiomas, territorios y sus propias instituciones y organizaciones sociales, económicas y políticas, que les distinguen de otros sectores de la colectividad nacional.
  • No indígena: Es toda persona, que no siendo indígena forma parte de un hogar indígena.
  • Otros: Son las declaraciones correspondientes a Pueblos indígenas foráneos y/o a familias. En Comunidades indígenas, está conformado por, Caribe, Inga, Kubeo, Makushi y Wapishana.
  • No declarado: Son personas que se declararon indígenas sin especificar el Pueblo de pertenencia.
  • Idioma indígena: Es el idioma hablado por el Pueblo indígena. Es completamente diferente al castellano. En Venezuela se hablan alrededor de 30 idiomas indígenas.
  • Jefe de hogar: Es aquel miembro del hogar, hombre ó mujer que los otros reconocen como jefe ó responsable del mismo por razones de autoridad o respeto, edad u otras.
  • Alfabetismo: Se refiere a la capacidad de la persona empadronada para leer y escribir un párrafo sencillo en castellano y/o en idioma indígena.
  • Vivienda tradicional: Es la construcción elaborada con materiales propios de la zona, que responde a patrones típicos indígenas. Deber reflejar el modo de vida tradicional Indígena, los modelos de estas viviendas y el material con que se construyen varían de acuerdo al Pueblo indígena y a la zona en que se encuentran. Ejemplos, el shapono yanomami, la churuata piaroa y la maloka pemón.
 
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